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Consumo expedienta a una empresa de autobuses por sus tarifas

Investiga cargos de gestión ocultos y la retención de ese importe al cancelar viajes

Fecha
sábado, 7 de noviembre de 2026
Multa por precios
100.000euros
Multa por cláusulas
1.000.000euros
Expedientes este año
2expedientes
sociedad

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto un expediente sancionador a una empresa de autobuses por posibles prácticas engañosas y cláusulas abusivas. La Dirección General de Consumo investiga si la compañía oculta los gastos de gestión hasta la fase final de la compra.

También analiza si retiene esos gastos cuando se cancela un viaje y no devuelve el importe íntegro del billete. La práctica de ocultar parte del precio se conoce como «precio por goteo» y quedó prohibida por la Ley de Servicios de Atención a la Clientela.

La posible infracción sobre el precio podría implicar multas de hasta 100.000 euros o de cuatro a seis veces el beneficio ilícito. La retención de gastos podría conllevar hasta un millón de euros o entre seis y ocho veces ese beneficio. La apertura del expediente no determina todavía la culpabilidad de la empresa.

Por qué importa
La investigación afecta a la información que reciben los pasajeros antes de contratar y al importe que pueden recuperar si se cancela un trayecto.

Cronología

jul 2026
Consumo abrió otro expediente por precios de transporte.
7 nov
Consumo abrió el expediente contra la empresa de autobuses.

El expedientehace 8 horas

La Dirección General de Consumo abrió un expediente a una empresa de autobuses por posibles prácticas desleales.
La compañía no ha sido identificada públicamente por el Ministerio.
El procedimiento no prejuzga el resultado final ni la culpabilidad de la empresa.

Precio por goteohace 8 horas

La empresa habría incorporado los gastos de gestión en la fase final de la compra online.
El cliente habría avanzado e introducido sus datos antes de conocer el precio completo.
La práctica dificulta comparar desde el inicio las tarifas de distintas compañías.
La posible publicidad engañosa podría sancionarse con hasta 100.000 euros o cuatro a seis veces el beneficio ilícito.

Cancelacioneshace 8 horas

La empresa no estaría devolviendo los gastos de gestión cuando se cancela un trayecto.
Consumo considera que las cláusulas usadas para justificar esa retención podrían ser abusivas.
La infracción por cláusulas abusivas puede acarrear hasta un millón de euros o seis a ocho veces el beneficio ilícito.

Marco legalhace 8 horas

La Ley SAC modificó el artículo 20.1 c) de la Ley General de Consumidores y Usuarios.
La norma exige incluir los gastos de gestión en el precio final desde el inicio de la comunicación comercial.
Los artículos 83 y 87 regulan las cláusulas abusivas citadas en el expediente.

Antecedente en transportehace 8 horas

Consumo inició en verano otro procedimiento contra una compañía de billetes de avión, tren, ferry y autobús.
El expediente anterior investigaba la falta de indicación del precio final desde el comienzo de la compra.