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El Constitucional rechaza el amparo por el voto de los nacionalizados

El Pleno inadmite por 10 votos a 2 el recurso del Defensor del Pueblo sobre 163.020 electores

Fecha
miércoles, 21 de octubre de 2026
Votación constitucional
10-2votos
Electores afectados
163.020personas
Plazo de alegaciones
23de octubre
Elecciones generales
29de noviembre
política

El Tribunal Constitucional ha rechazado por 10 votos a 2 el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión cautelar del voto de los nacionalizados mediante la Ley de Memoria Democrática. La decisión afecta a 163.020 electores inscritos en el censo de residentes ausentes.

El Pleno considera prematuro el amparo porque el Tribunal Supremo mantiene abierto hasta el 23 de octubre el plazo de alegaciones para que los afectados se personen. La suspensión cautelar del Supremo afecta a los nacionalizados residentes en el extranjero, mientras que quienes acrediten mediante certificado consular que no obtuvieron la nacionalidad al amparo de la instrucción controvertida conservarán el derecho al voto.

sostenía que la exclusión podía lesionar de forma irreparable los derechos de participación política, igualdad y tutela judicial efectiva. El Supremo todavía puede modificar o levantar sus medidas cautelares.

Por qué importa
La decisión mantiene suspendido el voto de más de 160.000 nacionalizados residentes en el extranjero a poco más de un mes de las elecciones generales. Si la suspensión continúa, los afectados no podrían recuperar ese sufragio de forma retroactiva después del 29 de noviembre.

Cronología

2022
La Ley de Memoria Democrática entra en vigor para reconocer derechos a descendientes de exiliados.
oct 2022
Una instrucción presume el exilio político de emigrantes de 1939 a 1955.
jul 2026
La Junta Electoral Central cuestiona la aplicación de la instrucción cuatro años después.
sept 2026
El Supremo dicta el primer auto de suspensión cautelar.
12 oct
El Supremo confirma la suspensión y abre alegaciones para los afectados.
21 oct
El Constitucional rechaza por 10 votos a 2 el amparo del Defensor del Pueblo.

Decisión constitucionalhace 2 semanas

El Pleno del Constitucional rechazó por 10 votos a 2 el recurso del Defensor del Pueblo.
La mayoría consideró prematuro el amparo porque el procedimiento ordinario ante el Supremo aún no ha terminado.
Los magistrados no analizaron las medidas cautelarísimas solicitadas para levantar la suspensión del voto.

Electores afectadoshace 2 semanas

La suspensión afecta a 163.020 electores nacionalizados mediante la Ley de Memoria Democrática.
El Supremo retiró cautelarmente el sufragio a los nacionalizados residentes en el extranjero.
La inscripción en el censo de los afectados estaba referida al 1 de agosto de 2026.

Plazo ante el Supremohace 2 semanas

El Supremo mantiene abierto hasta el 23 de octubre el plazo para que los afectados presenten alegaciones y se personen.
El Constitucional entendió que el Supremo aún puede modificar o levantar sus medidas cautelares.
Los autos cautelares del Supremo son firmes y no admiten recurso, según el planteamiento del Defensor.

Excepciones al vetohace 2 semanas

Los nacionalizados que acrediten mediante certificado consular que no se acogieron a la instrucción controvertida conservarán el derecho al voto.
La suspensión distingue entre nacionalizados residentes en España y quienes viven en el extranjero.

Origen de la disputahace 2 semanas

La instrucción de octubre de 2022 presumió que quienes emigraron entre 1939 y 1955 eran exiliados políticos.
La ley estaba dirigida a exiliados por razones ideológicas, de creencias u orientación sexual.
Vox e Iustitia Europa recurrieron ante el Supremo la regularidad de la instrucción.

Argumentos del amparohace 2 semanas

alegó que los afectados no podrían votar retroactivamente si las elecciones se celebran antes de una sentencia.
El recurso invocó posibles lesiones de los derechos de participación política, igualdad y tutela judicial efectiva.
El Defensor sostuvo que la vía judicial ordinaria ya estaba agotada porque los autos del Supremo no admiten recurso.

Votación electoralhace 2 semanas

Las elecciones generales están previstas para el 29 de noviembre.
El Supremo confirmó el 12 de octubre la suspensión cautelar con las elecciones ya convocadas.

Qué viene ahora

6 nov
Hoy
23 oct
Los afectados pueden presentar alegaciones y personarse ante el Supremo hasta el 23 de octubre.
El Supremo puede modificar o levantar las medidas cautelares.