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Llarena confirma la retirada de la orden contra Puigdemont

El juez aplica la doctrina constitucional sobre la amnistía, aunque mantiene sus críticas al fallo

Fecha
lunes, 19 de octubre de 2026
Procesados afectados
3personas
Auto recurrido
6de octubre
Votación constitucional
7-5magistrados
política

El juez del Tribunal Supremo ha confirmado el levantamiento de las órdenes nacionales de busca, captura y detención contra , y . La decisión llega después de que Llarena desestimara el recurso de reforma presentado por Vox contra su auto del 6 de octubre.

El magistrado considera aplicable a los tres procesados la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la amnistía de la malversación, fijada al conceder el amparo a . Llarena afirma que debe aplicar esa doctrina aunque no comparta sus fundamentos y cuestiona la falta de mesura de la sentencia.

La resolución ordena cancelar de inmediato las órdenes, requisitorias y, cuando proceda, mandamientos de ingreso en prisión vinculados exclusivamente a ellas. El auto no extingue todavía la responsabilidad penal ni concluye el sumario, cuya resolución definitiva corresponde a la Sala competente.

Por qué importa
Puigdemont, Comín y Puig dejan de tener activas esas órdenes nacionales de detención, pero la causa del procés aún necesita una decisión definitiva sobre la extinción de su responsabilidad y el sobreseimiento.

Cronología

6 oct
Llarena dejó provisionalmente sin efecto las órdenes nacionales de detención.
19 oct
El juez confirmó la retirada tras rechazar el recurso de reforma de Vox.

Órdenes levantadashace 3 semanas

confirma el levantamiento de las órdenes nacionales contra , y .
El alzamiento incluye las requisitorias y los mandamientos de ingreso en prisión derivados exclusivamente de esas órdenes.
Llarena desestima el recurso de reforma presentado por Vox contra el auto del 6 de octubre.

Doctrina constitucionalhace 3 semanas

La decisión extiende a Puigdemont, Comín y Puig la doctrina fijada al conceder el amparo a .
Llarena afirma que la doctrina constitucional debe aplicarse aunque no comparta las razones en las que se apoya.
El juez sostiene que esa doctrina priva de fundamento a las órdenes basadas en una interpretación declarada inadmisible por el Constitucional.

Críticas al Constitucionalhace 3 semanas

Llarena sostiene que cinco magistrados del Constitucional defendieron la interpretación del Supremo frente a otros siete.
El magistrado afirma que la decisión mayoritaria vincula, pero que sus calificativos no hacen indiscutible una cuestión que dividió al tribunal.
El juez mantiene que la interpretación del Supremo estaba jurídicamente fundada y no era inadmisible ni imprevisible.

Base de la malversaciónhace 3 semanas

El Supremo entendió que Puigdemont, Comín y Puig trasladaron compromisos de gasto al patrimonio público y evitaron asumirlos personalmente.
La ventaja patrimonial no se situó en recibir dinero, sino en liberarse de una carga económica.
El Constitucional diferenció ese beneficio personal del coste del referéndum ilegal y rechazó la interpretación del Supremo.

Alcance procesalhace 3 semanas

El auto de Llarena no concluye el sumario, que sigue pendiente de determinados recursos.
La resolución no extingue definitivamente la responsabilidad ni acuerda por sí sola el sobreseimiento.
La decisión definitiva corresponde a la Sala de lo Penal o de enjuiciamiento competente del Tribunal Supremo.

Cancelación inmediatahace 3 semanas

Llarena ordena librar con urgencia los mandamientos y oficios para comunicar su decisión.
La resolución exige cancelar inmediatamente las órdenes en los registros y sistemas informáticos correspondientes.
Los órganos receptores deben confirmar la recepción de las comunicaciones y el cumplimiento de lo acordado.

Situación de Puigdemonthace 3 semanas

La retirada confirmada afecta a la orden nacional de detención contra .
La decisión también alcanza a los exconsellers y .
El levantamiento no exige nuevos recursos de amparo para corregir la misma consecuencia jurídica.

Personas

Pablo Llarena

Pablo Llarena

Magistrado del Tribunal Supremo

La doctrina del Tribunal Constitucional debe aplicarse, aunque no se compartan las razones en las que se apoya.
Que casi la mitad del Tribunal Constitucional considere constitucionalmente admisible esa interpretación aconsejaba una mesura en los calificativos que no se advierte en la rotundidad de su censura. La mayoría resuelve la controversia y su decisión vincula, pero los adjetivos no convierten en indiscutible lo que ha fracturado al Tribunal.
La discrepancia de este instructor no se sitúa al margen de los principios constitucionales, sino en el mismo plano en el que cinco magistrados del Tribunal Constitucional han defendido la validez de la interpretación que los otros siete rechazan.