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Consumo expedienta a un portal inmobiliario por prácticas desleales

La investigación parte de una denuncia de CECU y alcanza a una plataforma cuya identidad no se ha comunicado

Fecha
miércoles, 7 de octubre de 2026
Multa máxima
100.000€
Beneficio ilícito
4-6veces
Multa ratificada
3,6millones de €
sociedad

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto un expediente sancionador a un portal inmobiliario que opera en toda España por posibles prácticas comerciales desleales. La Dirección General de Consumo inició la investigación después de una denuncia de la Federación de Consumidores y Usuarios CECU.

La identidad de la plataforma no ha sido comunicada. La infracción puede considerarse grave y conllevar multas de hasta 100.000 euros o de entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido. Consumo también ha anunciado que vigilará el cumplimiento de las nuevas obligaciones de publicidad de alquileres incorporadas al real decreto-ley de vivienda aprobado el martes.

Los anuncios deberán incluir datos como el índice de referencia del alquiler y, cuando corresponda, la renta del contrato anterior.

Por qué importa
Los futuros inquilinos podrán comparar el precio anunciado con el índice de referencia y, en su caso, con la renta del contrato vigente en los cinco años anteriores.

Cronología

abr 2026
Consumo ratifica una multa de 3,6 millones a Alquiler Seguro.
may 2026
Consumo abre otro expediente a una gran inmobiliaria.
6 oct
El Consejo de Ministros aprueba el real decreto-ley de vivienda.
7 oct
Consumo abre el expediente al portal inmobiliario.

Expediente sancionadorhace un mes

Consumo ha abierto un expediente sancionador a un portal inmobiliario que opera en toda España.
La Dirección General de Consumo inició la investigación tras una denuncia presentada por CECU.
El ministerio no ha comunicado la identidad de la plataforma investigada.

Posibles sancioneshace un mes

El artículo 47.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera infracción las prácticas comerciales desleales.
La infracción puede sancionarse como grave con hasta 100.000 euros o entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito.
Es la primera vez que Consumo abre un expediente por una infracción atribuida directamente a la plataforma.

Nuevas obligacioneshace un mes

El artículo 20 exige incluir el índice de referencia del precio del alquiler en toda oferta o publicidad.
Los anuncios deben indicar, cuando proceda, la renta del último contrato vigente en los cinco años anteriores.
La obligación se aplica a los anuncios de cualquier ciudad, también fuera de las zonas tensionadas.
Los anuncios deben publicar el límite de renta aplicable y si el arrendador es gran tenedor cuando corresponda.

Control de plataformashace un mes

Consumo ha anunciado que vigilará el cumplimiento del real decreto-ley por los grandes portales inmobiliarios.
El ministerio comunicará a las grandes plataformas sus nuevas obligaciones mediante una circular.
La nueva información permitirá comparar el precio anunciado con el precio de referencia y con el contrato anterior.

Actuaciones anterioreshace un mes

En mayo de 2026, Consumo abrió otro expediente a una gran inmobiliaria por cuatro posibles infracciones.
Entre esas posibles infracciones figuraban imponer un seguro de impago al inquilino y aplicar penalizaciones por retrasos en la entrega.
En abril de 2026, Consumo ratificó una multa de 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro.
Alquiler Seguro recibió seis infracciones muy graves y una grave por vulnerar derechos de consumidores.